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Honorarios de la inmobiliaria

Lo esencial

  • La comisión inmobiliaria en CABA es generalmente del 3% del precio de operación para el vendedor y 3% para el comprador.
  • Los honorarios están sujetos a IVA, lo que lleva el costo efectivo al 3,63% por cada parte.
  • Son deducibles del impuesto a las ganancias en ciertos casos y pueden negociarse en operaciones de valor alto.

Qué es

Los honorarios de la inmobiliaria son la comisión que cobra el intermediario por gestionar la operación. En el mercado de CABA, la práctica habitual es del 3% sobre el precio escriturado para el vendedor y 3% para el comprador, más IVA sobre cada porción. En Provincia de Buenos Aires los porcentajes pueden variar por jurisdicción.

Esta comisión es el costo del servicio de intermediación: publicación, coordinación de visitas, negociación, seguimiento de documentación y acompañamiento hasta la escritura. No está fijada por ley en la mayoría de las jurisdicciones: es una práctica de mercado que puede negociarse, especialmente en operaciones de valor alto o cuando el vendedor trae el comprador propio.

En la práctica

Mis honorarios no siguen el modelo tradicional de comisión doble: trabajo con un esquema diferente que resulta en un costo menor para el vendedor y sin cargo para el comprador. Cuánto cobra quien te representa importa, pero más importa qué hace con esa representación. Una comisión barata con poca dedicación puede costarte meses de propiedad sin vender.

Lo que sí recomiendo siempre es tener el honorario formalizado antes de firmar cualquier instrumento. El mandato verbal con la inmobiliaria es fuente frecuente de disputas al cierre.

Cuándo importa

Al vender: la comisión sale del precio recibido; es parte del costo de la operación que hay que contemplar al calcular el neto. Al comprar: la comisión del comprador es parte de los gastos de adquisición, junto con los de escrituración. Al negociar: en operaciones de más de USD 200.000, el porcentaje de comisión es más negociable que en operaciones estándar.

Cómo tramitarlo

Los honorarios de las inmobiliarias están regulados por los colegios profesionales de cada jurisdicción. En Ciudad de Buenos Aires, el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA) establece los aranceles referenciales. El comprobante debe ser factura con IVA discriminado.

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