Certificado de dominio
Lo esencial
- Es el documento que emite el Registro de la Propiedad con información completa sobre el titular y el estado registral del inmueble.
- A diferencia del informe de dominio, el certificado tiene efecto protector: bloquea nuevas inscripciones durante su vigencia.
- El escribano lo solicita obligatoriamente para la escritura: protege la operación de embargos o inhibiciones que se inscriban en ese período.
Qué es
El certificado de dominio es el documento que emite el Registro de la Propiedad Inmueble con el estado completo del inmueble al momento de su emisión. La diferencia con el informe de dominio es operativa pero relevante: el certificado tiene una vigencia durante la cual el Registro suspende la inscripción de nuevas cargas sobre ese bien, protegiendo la operación que se va a realizar.
Esa función protectora es la que hace al certificado indispensable para la escritura. Si alguien obtuviera un embargo contra el vendedor durante los días previos a escriturar, ese embargo quedaría suspendido hasta que el certificado venza. Así el comprador recibe el bien libre de las cargas que se originaron después de la solicitud del certificado.
En la práctica
El certificado de dominio y el informe de dominio se piden en momentos distintos y tienen funciones distintas. El informe se usa para el estudio de título previo al boleto: da la información pero no protege. El certificado se pide para la escritura: da información y protege el acto.
Si estás comprando y el escribano no mencionó el certificado de dominio, es la clase de cosa que vale la pena preguntar. No porque el escribano lo vaya a omitir, sino para entender el proceso completo.
Cuándo importa
En la preparación de la escritura de compraventa: el escribano solicita el certificado con tiempo suficiente para que su vigencia cubra la fecha de escritura. En operaciones urgentes: el plazo de vigencia del certificado puede ser un límite para cuándo puede hacerse la escritura. Al estudiar el título previo al boleto: en esta etapa se pide informe de dominio, no certificado.
Cómo tramitarlo
El certificado de dominio lo solicita el escribano ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción. En CABA, el Registro tiene gestión online para profesionales. El certificado tiene vigencia limitada (habitualmente 15 días). La inscripción de la escritura dentro de ese plazo completa la protección.
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